Texto de la norma
Decreto No. 1246, que integra el Consejo de la Orden de Honor y Mérito de la Cruz Roja Dominicana.
(G. O. No. 7907, del 5 de noviembre de 1955)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 1246
VISTO el artículo 1o. de la Ley que instituye la Orden de Honor y Mérito de la Cruz Roja Dominicana, Nº 384, del 11 de Septiembre de 1943;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 49 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— El Consejo de la Orden de Honor y Mérito de la Cruz Roja Dominicana estará constituido, por su Director y su
Presidente ex oficio, de acuerdo con la citada Ley Nº 384, y por las siguientes personas: Dr. Heriberto Pieter, Vicepresidente; Dres. Héctor Read y Fabio A. Mota, Vocales; Sra. Nelly Dominici de Carías, en su calidad de miembro activo de la Rama Femenina de la Cruz Roja; Coronel Dr. Francisco González Cruz, Jefe del Cuerpo Médico y Sanidad Militar del Ejército Nacional, Miembros; y Dr. Amable Lugo Santos, Secretario General Canciller de la Orden.
Art. 2.— Queda derogado el Decreto Nº 1401 del 23 de septiembre de 1943.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 93º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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