Texto de la norma
Decreto N° 5259 que autoriza al señor Jacobo Elías Jacobo a cambiar su nombre por el de Nayib Ega Jacobo.— G. O. N° 6823, del 7 de Agosto de 1948.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5259.
VISTA la petición elevada al Poder Ejecutivo en fecha 22
de Marzo de 1948, por conducto del Procurador General de la República, por el señor Jacobo Elías Jacobo, mayor de edad, casado, comerciante, portador de la cédula de identificación personal [omitida] de R. I. Nº 17214, de 1948, domiciliado y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros, según su declaración por la cual solicitó ser autorizado para cambiar su nombre por el de Nayib Ega Jacobo, de acuerdo con los artículos 80 y siguientes de la Ley sobre Actos del Estado Civil, Nº 659, del 17 de Julio de 1944;
CONSIDERANDO: Que por el Decreto Nº 5091, de fecha 30 de Abril de 1948, publicado en la Gaceta Oficial Nº 6790, del 8 de Mayo de 1948, el peticionario fué autorizado a realizar los procedimientos correspondientes, habiendo fijado por Alguacil en la ciudad de Santiago de los Caballeros los avisos prescritos por la ley e insertado además en la Gaceta Oficial Nº 6793, del 19 del mismo mes de mayo citado un aviso en igual sentido, invitando a la oposición de los interesados;
CONSIDERANDO: Que según oficio Nº 6502, del 26 de Julio del año en curso, del Procurador General de la República, han transcurrido más de sesenta días de las publicaciones indicadas, sin que se le haya notificado oposición alguna;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República y vistos los artículos 80 y 83 de la Ley sobre Actos del Estado Civil ya mencionada, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— El Señor Jacobo Elías Jacobo, de las generales indicadas, queda autorizado a usar, en vez de dicho nombre, el de NAYIB EGA JACOBO.
Art. 2.— El presente Decreto se publicará oficialmente en un diario de circulación nacional, además de en la Gaceta Oficial.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y ocho, años 105º de la Independencia, 85º de la Restauración y 19º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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