Texto de la norma
Decreto Nº 5255 que crea e integra la Junta de Ornato y Embellecimiento de Samaná.— G. O. Nº 6823, del 7 de Agosto de 1948.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5255.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, incisos 3º y 5º de la Constitución de la República y visto el artículo 5, Párrafo único de la Ley sobre Urbanización, Ornato Público y Construcciones, Nº 675, del 14 de Agosto de 1944, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se crea, por el presente, una Junta de Ornato y Embellecimiento en la ciudad de Samaná, cabecera de la Provincia de Samaná, con las atribuciones previstas en la Ley ya mencionada y en el Decreto Nº 2806, del 6 de Julio de 1945.
Art. 2.— Dicha Junta estará integrada por los señores François F. Seves, Presidente; Antonio José hijo, 1er. Vicepresidente; Evaristo F. Aybar, 2do. Vicepresidente; Tomás Caca-
velli, Tesorero; Luis H. Fontana, Secretario; señorita Leticia Cacavelli, señorita Irene Báez, señores Adriano Horton, Nelson Bezi, Pedro Quilez Rojo, Vocales y el Gobernador Civil de la Provincia, Asesor.
Art. 3.— Comuníquese al Secretario de Estado de Fomento, Obras Públicas y Riego para los fines procedentes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y ocho, años 105º la Independencia, 85º de la Restauración y 19º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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