Texto de la norma
Decreto Nº 8966, que concede naturalización dominicana a la señorita Francisca Filomena Singla y Tornos.— G.O. Nº 7597, del 22 de agosto de 1953.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 8966.
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones ha elevado la
señorita Francisca Filomena Singla y Tornos, nacida en Huesca, España, de nacionalidad española, mayor de edad, soltera, estudiante, domiciliada y residente en [domicilio omitido], portadora de la cédula de identificación personal [omitida], debidamente renovada, en solicitud de que se le conceda el beneficio de la naturalización dominicana, y los documentos que la acompañan;
VISTA la Ley sobre Naturalización Nº 1683 del 16 de abril del 1948;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.— Se concede la naturalización dominicana a la señorita Francisca Filomena Singla y Tornos, de las generales indicadas.
Art. 2.— La peticionaria recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador Civil del Distrito de Santo Domingo, previo juramento de fidelidad a la República, prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— El presente decreto será registrado en las Secretarías de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones, y de Relaciones Exteriores y Culto.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de abril del año mil novecientos cincuenta y tres, años 110º de la Independencia, 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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