Texto de la norma
Decreto Nº 8949, que integra la Comisión de Aeronáutica.—G.O.No. 7553, del 21 de abril de 1953.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 8949.
VISTO el artículo 8 de la Ley sobre Navegación Aérea Civil, Nº 1915, del 28 de enero de 1949;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 15 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— La Comisión de Aeronáutica adscrita al Negociado de Aviación de la Secretaría de Estado de Guerra, Marina y Aviación, estará integrada por las siguientes personas: General de Brigada Frank A. Félix Miranda, O.G., M.M., E.N., Presidente; Teniente de Navío Miguel A. Padilla Matos, M. de G.; Capitán Piloto Rafael Guaroc Pérez Oviedo, A.M.D.; Capitán
Piloto Pedro Rafael R. Rodríguez Echavarría, A.M.D; Ingeniero Rafael M. Estrella; Francisco Martínez Alvez e Ingeniero José Joaquín Hungría, Miembros.
Art. 2.— Los designados en el artículo anterior, desempeñarán sus cargos honoríficamente y sus nombramientos serán efectivos el día de toma de posesión.
Art. 3.— Quedan derogados y sustituídos los Decretos Nº 4995, del 8 de marzo de 1948, publicado en la Gaceta Oficial Nº 6763; Nº 5694, del 14 de marzo de 1949, publicado en la Gaceta Oficial Nº 6908; Nº 6983, del 19 de noviembre de 1950, publicado en la Gaceta Oficial Nº 7221 y Nº 8717, del 9 de diciembre de 1952, publicado en la Gaceta Oficial Nº 7508.
Art. 4.— Envíese a la Secretaría de Estado de Guerra, Marina y Aviación, para los fines correspondientes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de abril del año mil novecientos cincuenta y tres, años 110º de la Independencia, 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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