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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8833

QUE AUTORIZA LA IMPRESION DE SELLOS SEMI-POSTALES PARA LA CAMPAÑA ANTITUBERCULOSA DEL AÑO 1953

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 feb de 1953fecha
Otrostipo
G. O. 7539Gaceta Oficial del 18 mar de 1953
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 8833 que autoriza la impresión de sellos semi-postales para la campaña Antituberculosa del año 1953.— G. O. No. 7539, del 18 de Marzo de 1953. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 8833. VISTAS las Leyes Nº 460 del 23 de diciembre del año 1943, y Nº 2461, del 18 de julio de 1950; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Para los fines de cumplimiento del artículo 1º de la Ley Nº 460 del 23 de diciembre del año 1943, se autoriza una emisión especial de un millón y medio (1,500.000) de sellos semi-postales antituberculosos, de la denominación de un centavo (1c.) de valor facial. Art. 2.— Este sello será de forma rectangular en tamaño de 45 milímetros de ancho por 23 milímetros de alto, en color azul oscuro en su fondo, con el siguiente diseño: En la parte superior y a todo lo largo se leerá: REPUBLICA DOMINICANA; en el centro la figura del Dispensario Antituberculoso para Niños que será construído en Ciudad Trujillo por el Consejo de la Tuberculosis, en color azul claro y blanco; en la parte inferior y a todo lo largo llevará la siguiente leyenda en dos líneas: DISPENSARIO ANTITUBERCULOSO PARA NIÑOS — CIUDAD TRUJILLO, R. D.; en la parte superior izquierda llevará el símbolo de la doble cruz internacional de la lucha contra la tuberculosis, en color rojo con aureola blanca; debajo de ésta figurará el año en la forma siguiente: 1953 y en la parte inferior izquierda el valor facial del sello escrita en guarismo así: 1c, DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y tres, años 109° de la Independencia, 90° de la Restauración y 23° de la Era de Trujillo, HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona