Texto de la norma
Decreto No. 8831 que concede naturalización dominicana a la señora Julia Mujica Zuazo de Beotegui. G. O. N° 7543, del 28 de Marzo de 1953.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 8831.
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones ha elevado la señora Julia Mujica Zuazo de Beotegui, nacida en Viscaya, España, de nacionalidad española, de 57 años de edad, casada, ocupada en los quehaceres del hogar, domiciliada y residente en [domicilio omitido], portadora de la cédula de identificación personal [omitida], debidamente renovada, en solicitud de que se le conceda el beneficio de la naturalización dominicana, y los documentos que la acompañan;
VISTA la Ley sobre Naturalización N° 1683 del 16 de abril de 1948;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3° de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede la naturalización dominicana a la señora Julia Mujica Zuazo de Beotegui, de las generales indicadas.
Art. 2.— La beneficiaria recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador Civil del Distrito de Santo Domingo, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— El presente Decreto será registrado en las Secretarías de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones, y de Relaciones Exteriores y Culto.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y tres, años 109º de la Independencia, 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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