Texto de la norma
Decreto No. 8828 que concede provisionalmente nacionalidad dominicana a la menor María Luisa Amparo Hernández Muñiz. — G. O. Nº 7543, del 28 de Marzo de 1953.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 8828.
VISTA la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por el se-
ñor Carlos A. Hernández Díaz en fecha 9 de febrero del año en curso, por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones, y los documentos que la acompañan;
VISTO el párrafo I del artículo 26 de la Ley sobre Naturalización, agregado por la Ley Nº 2665 del 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede, provisionalmente, la nacionalidad dominicana a la menor María Luisa Amparo Hernández Muñiz, nacida en Puerto España, Trinidad, el día 27 de abril del año 1951, hija del solicitante señor Carlos A. Hernández Díaz.
Art. 2.— Al alcanzar la edad de dieciocho años, la menor favorecida por el presente Decreto, podrá optar definitivamente por la nacionalidad dominicana, en la forma prevista por el artículo 8 inciso 3º de la Constitución.
Art. 3.— Envíese a las Secretarías de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones, y de Relaciones Exteriores y Culto, para fines de registro.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y tres, años 109º de la Independencia, 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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