Texto de la norma
Decreto No. 8802 que concede naturalización dominicana al señor Naim Arbaje Andrews.— G.O. No. 7524, del 7 de Febrero de 1953.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 8802.
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones ha elevado el señor Naim Arbaje Andrews, nacido en Karm Azfour, Líbano, de nacionalidad libanesa, de 26 años de edad, soltero, estudiante, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida], debidamente renovada, en solicitud de que se le conceda el beneficio de la naturalización dominicana, y los documentos que la acompañan;
VISTA la Ley sobre Naturalización Nº 1683, del 16 de abril del 1948;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede la naturalización dominicana al señor Naim Arbaje Andrews, de las generales indicadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador Civil de la Provincia Benefactor, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— El presente decreto será registrado en las Secretarías de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones, y de Relaciones Exteriores y Culto.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y tres, años 100º de la Independencia, 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.