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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 5174

QUE LIBERA DE CONTROL A LOS NACIONALES ITALIANOS CON ALGUNAS EXCEPCIONES EXPRESAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 jun de 1948fecha
Otrostipo
G. O. 6805Gaceta Oficial del 19 jun de 1948
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 5174, que libera de control a los nacionales italianos con algunas excepciones expresas.— G. O. Nº 6805, del 19 de Junio de 1948. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 5174. CONSIDERANDO: Que se han restablecido las relaciones diplomáticas entre la República y la República Italiana, y que los Gobiernos de las dos naciones, consideran que ha llegado el momento de que el intercambio de toda naturaleza entre las dos Repúblicas y sus nacionales puedan efectuarse dentro de las condiciones normales anteriores a la pasada guerra, como regla general; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República y en uso de las facultades que me confiere la Ley Nº 544, del 5 de Septiembre de 1941, modificada por la Ley Nº 632, del 11 de Diciembre de 1941, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— A partir del presente Decreto, los nacionales italianos podrán realizar dentro del país y desde el país hacia el exterior y viceversa, toda clase de transacciones y operaciones civiles, comerciales, bancarias, financieras, y económicas en general, de acuerdo con los preceptos legales ordinarios, sin que esas transacciones y operaciones estén sujetas a ninguna de las medidas extraordinarias de control que fueron dictadas con motivo de la pasada guerra. Art. 2.— Dichas transacciones y operaciones sólo estarán sujetas, en cuanto a medidas de control, a aquellas que sean aplicables a todos los habitantes del país, o a los extranjeros en general sin distinción de nacionalidad. Art. 3.— Es entendido también que la presente disposición en nada altera la vigencia de las medidas individuales dictadas por los Decretos Nº 1474, del 29 de Enero de 1942, Nº 1619, del 23 de Diciembre de 1943 y Nº 231, del 14 de Septiembre de 1942. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca- pital de la República Dominicana, a los doce días del mes junio del año mil novecientos cuarenta y ocho, años 105º de de la Independencia, 85º. de la Restauración y 19º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona