Texto de la norma
Decreto Nº 5099 que reorganiza el Consejo Nacional de Previsión Social. G. O. Nº 6789, del 6 de Mayo de 1948.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5099.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 5º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— El Consejo Nacional de Previsión Social previsto por el artículo 6 de la Ley Nº 1399, del 19 de Abril de 1947, estarán constituido del siguiente modo:
El Secretario de Estado de Previsión Social, como Presidente ex oficio; el Subsecretario de Estado de Previsión Social, señor B. Paiewonsky, como Vicepresidente ex oficio; y como miembros personales los señores Anselmo A. Paulino Alvarez, Telésforo R. Calderón, Frank Parra, Licenciado Manuel A. Amiama y Francisco Martínez Alba.
Párrafo.— El Secretario de Estado de Previsión Social asignará un empleado de su oficina para que actúe como Secretario de este Consejo.
Art. 2.— Queda derogado el Decreto Nº 4680, del 25 de Octubre de 1947.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y ocho, años 105º de la Independencia, 85º de la Restauración y 18º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.