Texto de la norma
Decreto Nº 5065 que crea e integra una Junta de Ornato y Embellecimiento en Yamasá.— G. O. Nº 6790, del 8 de Mayo de 1948.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5065.
En ejercicio de las atribuciones que me confieren los incisos 3ro. y 5to. del artículo 49 de la Constitución de la República, y visto el artículo 5, párrafo único, de la Ley sobre Urbanización, Ornato Público y Construcciones, Nº 675 del 14 de Agosto de 1944, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se crea, por el presente, una Comisión de Ornato y Embellecimiento en la Común de Yamasá, con las atribuciones previstas en la Ley indicada y en el Decreto Nº 2806 del 6 de Julio de 1945.
Art. 2.— La Comisión antes indicada estará integrada por las siguientes personas: Patricio Ramírez, Presidente y Phro. Juan Mc Iver S.F.M., Miguel A. de León, Emilio Mejía, Carlos Ml. Pereyra, Luis Martínez y Rafael de la Cruz, Miembros.
Art. 2.— Comuníquese al Secretario de Estado de Fomento, Obras Públicas y Riego para los fines correspondientes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes
de abril del año mil novecientos cuarenta y ocho, años 105º de la Independencia, 85º de la Restauración y 18º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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