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Decreto

Decreto 4979

que declara bajo depósito oficial la suma de RD$60,600.00, con motivo de la liquidación de la Sociedad Comercial, C. por A

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 mar de 1948fecha
Otrostipo
G. O. 6769Gaceta Oficial del 27 mar de 1948
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 4979 que declara bajo depósito oficial la suma de RD$60,600.00, con motivo de la liquidación de la Sociedad Comercial, C. por A.— G. O. Nº 6769, del 27 de Marzo de 1948. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 4979. CONSIDERANDO: Que, con la debida autorización del Se- cretario de Estado del Tesoro y Crédito Público, otorgada de acuerdo con el Decreto Nº 4122, del 20 de Enero de 1947, publicado en la Gaceta Oficial Nº 6572, la Compañía Comercial C. por A., domiciliada en [domicilio omitido]; CONSIDERANDO: Que, terminada ya la liquidación, el liquidador legalmente designado ha depositado en la Tesorería Nacional, conforme al Decreto ya citado, la porción del producto en efectivo resultante de la liquidación correspondiente a las acciones de la Compañía que pertenecían a nacionales del Eje, porción ascendente a la suma de RD$60,600.00, habiendo entregado según su declaración a los accionistas dominicanos lo correspondiente a sus acciones (RD$89,400.00); VISTO el informe presentado sobre este caso por el Secretario de Estado del Tesoro y Crédito Público, en su oficio Nº 3690, del 23 de Febrero del año en curso; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución y vistas las disposiciones de la Ley sobre Control de Fondos Extranjeros, Nº 544, del 5 de Septiembre de 1941, modificada por la Ley Nº 632, del 11 de Diciembre del mismo año, dicto el siguiente DECRETO: Art.1.— La suma de RD$60,600.00, porción de la liquidación de la Compañía Comercial C. por A., de Monte Cristi, correspondiente a las acciones de dicha Compañía que pertenecían a nacionales del Eje, depositada en la Tesorería Nacional, permanecerá así depositada en forma especial, hasta nueva disposición que sea dictada de acuerdo con las leyes o los tratados. Art. 2.— Se declara extinguido el Decreto Nº 4122, del 20 de Enero de 1947. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de marzo del año mil novecientos cuarenta y ocho, años 105º de la Independencia, 85º de la Restauración y 18º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona