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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1140

QUE NOMBRA LAS DELEGACIONES DE LA REPUBLICA A LA DECIMA SESION REGULAR DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 sept de 1955fecha
Designacióntipo
G. O. 7896Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
* zacih, agregado por la Ley No. 2665 de fecha 31 de diciembre del aiio 1950; En ejercicio de la atribucidn que me confiere el articulo 49, inciso 30. de la Constitucidn de la Repliblica, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se concede, provisionalmente, la nacionalidad do- minicana a 10s menores Enrique Enmanuel CohCn Bello y Ma- delaine Amelia CohCn Bello, nacidos en la ciudad de Washing- ton, Estados Unidos de NorteamCrica, el dia 10 de enero de 1953, y en la ciudad de Baltimore, Estados Unidos de NorteamCrica, el dia 13 de junio de 1954, respectivamente, hijos legitimos del soIicitante seiior Enrique CohCn Aristy. Art. 2.- A1 cumplir la edad de 18 aiios, 10s menores favo- recidos por el presente Decreto podran optar definitivamente por la nacionalidad dominicana, en la forpa prevista por el Art. 8 inciso 30., de la Constitucidn de la Rep6blica. Art. 3.- Enviese a las Secretarias de Estado de lo Interior, Policia y Comunicaciones, y de Relaciones Exteriores y Culto, para 10s fines de registro. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo. Ca- pital de la Rep6blica Dominicana, a 10s nueve dias del mes de septismbre de mil novecientos cincuenta y cinco, Aiio del Bene- factor de la Patria, 1129 de la Independencia, 93Q de la Restau- raci6n y 269 de la E.ra de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. --__ Bcreto No. 1140, que nombra las Dzlegaciones de la Repfiblica a la Dkima Sesibn Regular de la Asamblea General de las Naciones Unidss, v a1 Consejo Econ6mico y Social de !as Naciones Unidas. ((3. 0. No. 7896, del 8 de octubre de 1955) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la Repziblica Dominicana Niimero: 1140 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 49, inciso 30. de la Constitucidn de la Repliblica, dicto el si- guiente DECRETO: lo.- Los seiiores licenciado Virgilio Diaz Orddiiez, Emba- jador-Delegado Permunente de la Repliblica ante las Naciones Unidas ; Doctor J. M. Sanz Lajara, Embajador Extraordina- rio y Plenipotenciario ; Seiiorita Minerva Bernardino, Enviada Extraxdina- ria y Ministra Plenipotenciaria ; Licenciado Rafael 0. Galvh, Enviado ExIra9rdi:iari:, y Ministro Plenipotenciario ; y Presbitero doctor Oscar Robles Toledano, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario, quedan nombrados en la calidad de Delegados Plenipotencia- rios de la Repiiblica en la Decima Sesibn Regular de la Asamblea General de las Naciones Unidas, a cele- brarse en Nueva York, Estados Unidos de America, en la tercera semana del mes de septiembre del co- rriente aiio de 1955. CI 20.- Asimismo quedan nombrados 10s seiiores doctor Os- car Guaroa Ginebra Henriquez, y licenciado Kemil Dipp Gbmez, Delegado Permanente y Delegado Ase- sor, respectivamente, de la Repiiblica en el Consejo Econ6mico y Sjcial de las Naciones Unidas. en la ca- lidad de Delegados Plenipotenciarios Suplentes. El Embajador licenciado Virgilio Diaz Ordbiiez, De- legado Permanente de la Regdblica ante las Nacio- nes Unidas, asumirti la presidencia de dicha Delega- cibn. 40.- El licenciado Luis Romanacce Chalas, Secretario Ge- neral de la Delegacidn Permanente de la Repfiblica en las Naciones Unidas, actuarti como Secretario de la referida Delegacibn. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca- pital de la Rep6blica Dominicana, a 10s diez d a s del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y cinco, Aiio del Be- t * - 7 0 C nefactor de la Patria, 1129 de la Independencia, 939 de la Res- tauraci6n y 269 de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Decreto No. 1141, que concede Jubilaciones con pension del Estado tQ. 0. No. '78!%3, del 8 de octubre de 1955) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la Repziblica Dominieaita N6mero 1141 VISTA la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado No. 1316 de feclia 29 de diciembre de 1946; CONSIDERANDO: Que en el presente cas0 10s solicitantes reunen las condiciones que exige la citada ley sobre a1 msteria para que puedan ser jubilados, y que sus solicitudes lian sido hechas iie acuerdo con la misma; En ejercicio de la atribucion que me confiere el articulo 49, inciso 30. de la Constituci6n de la Republica, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilacibn, y se les asignan sendas pensiones del Estado, a las siguientes personas : a) A la seiiorita Eusebia Rodriguez Alvarez, una pensi6n de treinta y cinco pesos or0 (RD$35.00) mensuales; y b) A1 seiior Aris Azar, una pension de ciento treinta y dos pesos or0 RD$132.00) mensuales. Art. 2.- Dichas pensiones serhn pagadas con cargo a1 Fon- do de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Pu- blicos. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca- pital de la Republica Dorninicana, a 10s diez d as del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y cinco, Aiiio del Be- nefactor de la Patria, 1120 de la Independencia, 930 de la Res- tauraci6n y 269 de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona