Texto de la norma
Decreto Nº 5411 que integra ex oficio, la Comisión Conservadora de Monumentos Nacionales.— G. O., Nº 6854, del 8 de Noviembre de 1948.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5411.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— La Comisión Conservadora de Monumentos Nacionales encargada de velar por el cumplimiento de la Ley Nº 293, del 13 de Febrero de 1932, estará constituída, ex-oficio, por los siguientes funcionarios: el Secretario de Estado de Fomento, Obras Públicas y Riego, quien la presidirá; el Secretario de Estado de Sanidad y Asistencia Pública; el Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo; el Director General de Bellas Artes; el Presidente de la Comisión para el Desarrollo y Embellecimiento de Ciudad Trujillo; y el Director del Instituto de Investigaciones Antropológicas, Arqueológicas y Etnológicas.
Art. 2.— Quedan derogados los Decretos Nº 3511, de 1946, Nº 4260, de 1947 y Nº 4727, de 1948.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de octubre del año mil novecientos cuarenta y ocho, años 105º de la Independencia, 86º de la Restauración y 19º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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