Texto de la norma
Decreto Nº 6620 que modifica varios artículos del Reglamento sobre Distribución Territorial de la Policía Nacional, Nº 4969. — G. O. Nº 7137, del 21 de Junio de 1950.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 6620.
VISTA la Ley sobre la Policía Nacional Nº 1022, del 23 de Octubre de 1935;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1. — El Departamento Este para la distribución de la Policía Nacional, tendrá como jurisdicción las Provincias de San Pedro de Macorís, Altagracia y el Seibo.
Art. 2. — El Distrito de Santo Domingo, para los mismos fines, constituirá una Jurisdicción Policial que se denominará Departamento Central, con su asiento en Ciudad Trujillo, y que tendrá a su servicio las Compañías establecidas en dicho Distrito.
Art. 3.— La designación de oficiales de la Policía Nacional como Inspector de los Departamentos Policiales será facultativa.
Art. 4.— El presente Decreto modifica en cuanto sea necesario los artículos 1, 3, 4, 6 y demás disposiciones del Reglamento sobre la distribución territorial de la Policía Nacional, Nº 4969 del 26 de Febrero de 1948, reformado por el Decreto Nº 5546, del 23 de Diciembre de 1948.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de junio del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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