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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 6614

QUE SUPRIME EL CONTROL DEL PETROLEO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 jun de 1950fecha
Concesióntipo
G. O. 7132Gaceta Oficial del 13 jun de 1950
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 6614, que suprime el control del petróleo.— G. O. Nº 7132, del 13 de Junio de 1950. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 6614. VISTA la Ley Nº 1655, del 5 de marzo de 1948, sobre Medidas de Emergencia; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se deroga el Decreto Nº 4913, del 29 de enero de 1948, publicado en la Gaceta Oficial Nº 6744, del 31 de enero de 1948, que declaró bajo control oficial toda operación comercial efectuada con el petróleo y sus derivados, incluyendo gasolina, aceite y grasa. Art. 2.— Se deroga igualmente el Decreto Nº 5580, del 10 de enero de 1949, publicado en la Gaceta Oficial Nº 6884 del 15 de enero de 1949, y toda otra disposición o regulación dictada o establecida en virtud de los Decretos ya mencionados. Art. 3.— Se dispone, sin embargo, que cada una de las Compañías y entidades importadoras de los productos indicados en el artículo 1 de este Decreto, deben mantener en todo momento en los tanques de su dependencia una cantidad de dichos productos que sea suficiente para la atención de las necesidades oficiales esenciales, quedando a cargo del Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación la fijación del mínimo que se debe mantener en total y en cada tanque. Art. 4.— La violación de la obligación prescrita en el artículo anterior dará lugar a las sanciones que establece el artículo 3 de la ley Nº 1655, del 5 de marzo de 1948, sobre Medidas de Emergencia. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de junio del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona