Texto de la norma
Decreto No. 581, que autoriza la impresión de una emisión de sellos de correos aéreos.
(G. O. No. 7796, del 29 de enero de 1955)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 581
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, del 18 de julio de 1950, publicada en la Gaceta Oficial No. 7151.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza la siguiente emisión de sellos de correos para el franqueo de la correspondencia aérea y ordinaria:
2,000.000 (DOS MILLONES) de sellos para el franqueo ordinario de RD$0.02, color rojo vermellón;
2,000.000 (DOS MILLONES) de sello para el franqueo ordinario de RD$0.04, color verde claro;
2,500.000 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL) sellos para el franqueo ordinario de RD$0.07, color azul marino;
2,500.000 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL) sellcs para el franqueo ordnario de RD$0.10, color sepia;
2,000.000 (DOS MILLONES) de sellos para el franqueo aéreo de RD$0.11, en color azul y rojo;
1,500.000 (UN MILLON QUINIENTOS MIL) sellos para el franquoe aéreo de RD$0.25, color lila; y
1,500.000 (UN MILLON QUINIENTOS MIL) sellos para el franqueo aéreo de RD$0.33, color ocre.
Art. 2.— Los sellos serán impresos sobre fondo blanco en los colores indicados. respectivamente, en tamaño de 35 milímetros de alto por 30 milímetros de ancho.
Art. 3.— En los sellos de RD$0.02, RD$0.04 y RD$0.07 en el margen superior, en sentido horizontal, a todo el ancho de los
mismos se leerá: "REPUBLICA DOMINICANA"; debajo de esta leyenda en las márgenes derecha e izquierda se leerá el valor facial de los sellos en guarismo y el signo de centavo "¢"; en el espacio comprendido entre los guarismos y en sentido horizontal, aparecerán cinco estrellas blancas; debajo de las estrellas y los guarismos, a todo el ancho de los sellos, en dos renglones, se leerá: "XXV ANIVERSARIO DE LA ERA DE TRUJILLO"; a ambos lados de los sellos, en sentido vertical se leerá "CORREOS".
La parte central de los sellos de RD$0.02 y RD$0.04 mostrarán veras efiges del Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria, vestido de militar y civil, respectivamente; debajo de las mismas, en sentido horizontal, en tres renglones se leerá: "GENERALISIMO DOCTOR RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, BENEFACTOR DE LA PATRIA".
En la parte central del sello de RD$0.07 aparecerá la Estatua Ecuestre del Benefactor de la Patria; y debajo de la misma, en sentido horizontal, en tres renglones se leerá: "ESTATUA ECUESTRE DEL BENEFACTOR DE LA PATRIA".
Art. 4.— En los sellos de RD$0.10, a todo el ancho, en sentido horizontal y hacia el margen superior se leerá: "REPUBLICA DOMINICANA"; debajo de esta leyenda, en el mismo sentido y en dos renglones se leerá: "XXV ANIVERSARIO DE LA ERA DE TRUJILLO"; en el ángulo inferior izquierdo, dentro de un cuadrado de 6 milímetros de ancho por 5 milímetros de alto, aperecerá el valor del sello en guarismos y el signo de "¢"; partiendo de la leyenda XXV Aniversario de la Era de Trujillo, en sentido vertical con ancho de seis milímetros y hasta la parte superior del cuadrado dentro del cual se lee el valor del sello, aparecerá una orla formada por una serie de elipsis concéntricas; en el margen derecho del sello, en sentido vertical se leerá: "CORREOS"; y como diseño central del sello, aparecerá la alegoría de la Era de Trujillo, del pintor dominicano Eligio Pichardo, premiada en el Concurso de los sellos de la presente emisión.
Art. 5.— En los sellos de RD$0.11, RD$0.25 y RD$0.33 se leerá, en el margen superior, en sentido horizontal y a todo el ancho: "REPUBLICA DOMINICANA"; debajo de esta leyenda, en el mismo sentido y en tres renglones se leerá: "XXV ANIVERSARIO DE LA ERA DE TRUJILLO"; en las márgenes iz-
quierda y derecha en sentido vertical se leerá: "CORREO" y "AEREO", respectivamente.
En la parte central de los sellos de RD$0.11 aparecerán las Banderas Dominicana y la del Generalísimo Trujillo en los colores respectivos, y sobre las mismas, en sentido vertical, cinco estrellas; debajo de las banderas, en caracteres rojos se leerá: "PATRIA NUEVA".
La parte central de los sellos de RD$0.25 y RD$0.33 mostrarán veras efigies del General Héctor B. Trujillo Molina, Presidente de la República, vestido de civil y militar, respectivamente. En los ángulos inferiores aparecerá el valor de los sellos en guarismo y el signo de centavos "¢"; y debajo de la figura central se leerá en tres renglones: "GENERAL HECTOR B. TRUJILLO MOLINA, PRESIDENTE DE LA REPUBLICA".
Art. 6.— Los sellos autorizados por el presente Decreto serán puestos en circulación en todo el territorio nacional el día 16 de Mayo del año 1955, Año del Benefactor de la Patria.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ventiseis días del mes de enero de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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