Texto de la norma
Decreto No. 541, que autoriza a la British Traders Insurance Company Limited, a ejercer el negocio de seguros en la República.
(G. O. No. 7793, del 19 de enero de 1955)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 541
VISTA la instancia que hace al Poder Ejecutivo en fecha 23 de diciembre del 1954 la Rasanca C. por A., de Ciudad Trujillo, en su calidad de Agente General de la "British Traders Insurance Company Limited", Compañía de Seguros de nacionalidad británica, con su oficina principal en la ciudad de Hong Kong y la oficina para el control de las operaciones en el área del Caribe, en 34 Adelaida Street, Toronto, Canada, por conducto de la Secretaría de Estado de Finanzas (Superintendencia de Bancos) en la cual solicita se conceda a dicha Compañía la autorización legal necesaria para poder ejercer en la República el negocio de seguros en todos los ramos;
VISTA la Ley sobre Compañías de Seguros No. 3788 del 19 de marzo del 1954;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º, de la Consttución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— S autoriza a la "British Traders Insurance Company Limited", Compañía de Seguros de nacionalidad británica, con su oficina principal en la ciudad de Hon Kong y la oficina para el control de las operaciones en el área del Caribe, en 34 Adelaida Street, Toronto, Canadá, a ejercer en todo el territorio de la República, el negocio de Seguros, en todos los ramos señalados en el artículo 2 de la Ley No. 3788, del 19 de marzo del 1954, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 1º de la Ley No. 1667 del 13 de marzo del 1948.
Art. 2.— Esta autorización no será efectiva hasta que el Superintendente de Bancos haga la publicación prevista en el párrafo 2º del artículo 6 de la citada Ley No. 3788, después que la Compañía peticionaria cumpla, ante dicho funcionario, con todos los requisitos legales.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de enero del año mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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