Texto de la norma
Decreto Nº 4852 que declara de utilidad pública varias porciones de terrenos en el paraje denominado Sabana de Santiago, en Dajabón.— G. O. Nº 6739, del 23 de Enero de 1948.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4852.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República;
VISTA la Ley de Dominio Eminente, Nº 480, del 20 de Mayo de 1920 y la Ley Nº 344 sobre Procedimiento de Expropiación por el Estado, las Comunes y los Establecimientos Públicos, del 29 de Julio de 1943, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se declara de utilidad pública la adquisición, por el Estado, para la construcción del Campo de Aviación de Dajabón, de los siguientes terrenos situados en el paraje denominado Sabana de Santiago:
a) 1,427 tareas de la Parcela Nº 1270, del Distrito Catastral conocido como Sitio de la Patilla, Sabana de Santiago, pertenecientes a la señora Juana Colón viuda Rodríguez;
b) 29 tareas de la Parcela Nº 1253, del Distrito Catastral conocido como Sitio de la Patilla, Sabana de Santiago, pertenecientes a la señora Maximina Miranda viuda Rodríguez;
c) 115 tareas de la Parcela Nº 20, del Distrito Catastral conocido como Sitio de la Patilla, Sabana de Santiago, pertenecientes a la Sucesión Lombert; y
d) 110 tareas de la Parcela Nº 1260, del Distrito Catastral conocido como Sitio de la Patilla, Sabana de Santiago, pertenecientes a la Sucesión Carrasco.
Párrafo.— Las porciones de las parcelas indicadas a que se contrae el presente Decreto son las que han sido medidas, para los fines de la construcción del Campo de Aviación, por el Ingeniero Salvador Durán, Encargado del Departamento de Riego en Dajabón.
Art. 2.— El Secretario de Estado del Tesoro y Crédito Pú-
blico queda investido, por el presente Decreto, de los poderes necesarios para realizar todos los actos y procedimientos que sean de lugar de acuerdo con la ley, para la adquisición de los inmuebles descritos anteriormente.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y siete, años 104º de la Independencia, 85º de la Restauración y 18º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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