Decreto Nº 6499 que jubila con pensión del Estado a la profesora Genoveva Amiama Vda. Alardo.— G. O. Nº 7116, del 29 de Abril de 1950.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 6499.
VISTA la solicitud de jubilación hecha el 28 de Octubre de 1949 por la Profesora Genoveva Amiama Vda. Alardo, quien ha servido por más de veinte y cinco años en el ramo de Educación;
VISTA la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado Nº 1316, del 29 de Diciembre de 1946;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la jubilación a la profesora Genoveva Amiama viuda Alardo, y se le asigna una pensión del Estado de RD$57.60 mensuales.
Art. 2.— Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de abril del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona