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Decreto

Decreto 6467

que dispone la celebración de una Feria Agropecuaria e Industrial en la Benemérita Ciudad de San Cristóbal, y nombra el Comité Organizador

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 abr de 1950fecha
Designacióntipo
G. O. 7103Gaceta Oficial del 10 abr de 1950
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 6467 que dispone la celebración de una Feria Agropecuaria e Industrial en la Benemérita Ciudad de San Cristóbal, y nombra el Comité Organizador.— G. O. Nº 7103, del 10 de Abril de 1950. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 6467. VISTO el artículo 22, inciso 10, de la Ley Nº 129, del 2 de Diciembre de 1942; En ejercicio de las atribuciones que me confieren los incisos 3° y 5° del artículo 49 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se dispone la celebración de una Feria Agropecuaria e Industrial en la Benemérita Ciudad de San Cristóbal, en la fecha que se determinará posteriormente. Art. 2.— El Comité Organizador de dicha Feria estará integrado del siguiente modo: El Secretario de Estado de Agricultura, Pecuaria y Colonización el Secretario de Estado de Economía Nacional, el Secretario de Estado de lo Interior y Policía, el Gobernador Civil de la Provincia Trujillo, el Síndico Municipal de la Común de San Cristóbal y el Presidente de la Junta del Partido Dominicano en la Provincia Trujillo, como miembros ex oficio; y Señor Rafael César Tolentino, Secretario de Estado sin Cartera; señor J. Furcy Pichardo, Director del Presupuesto; señores M. Germán Soriano, Mario Fermín Cabral y Licenciado Polibio Díaz, Senadores; señores Manuel María Seijas y Franz Baher hijo, Diputados; Licenciado Barón T. Sánchez, Procurador General de la Corte de Apelación de San Cristóbal; Licenciado Manuel Joaquín Castillo, Juez de la misma Corte, miembros personales. Art. 3.— Comuníquese a la Secretaría de Estado de Agricultura, Pecuaria y Colonización para los fines correspondientes.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona