Texto de la norma
Decreto Nº 6462 que crea una Comisión Permanente para conocer de toda compra de combustible para el Gobierno, realizada por concursos.— G. O. Nº 7103, del 10 de Abril de 1950.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 6462.
VISTAS las disposiciones de la Ley Permanente sobre el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos vigente;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se crea, por el presente, una Comisión Permanente con facultad para organizar y llevar a cabo los concursos relativos a la compra de todo el combustible que necesite el Gobierno y para hacer al Poder Ejecutivo todas las recomendaciones que estime pertinentes acerca de tales compras por concurso.
Art. 2.— Dicha Comisión estará integrada, ex oficio, por el Subsecretario de Estado del Tesoro y Crédito Público, el Director del Presupuesto, el Contralor y Auditor General, el Oficial Suministrador y el Intendente General de las Fuerzas Armadas.
Art. 3.— El presente Decreto modifica en cuanto sea necesario los Decretos y Reglamentos existentes sobre suministros y sobre compras directas para los Departamentos del Estado, de modo que corresponda a la Comisión que por este Decreto se crea todo lo relativo a compra por concurso de combustibles.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de abril del año mil novecientos cincuenta, años 107º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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