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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 6438

que autoriza al Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, a jubilar a los señores Alcides Pérez Díaz y Julián Mañón

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 mar de 1950fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 7121Gaceta Oficial del 10 may de 1950
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Alcides Pérez DíazPensión—RD$15.00
Julián MañónPensión—RD$20.00

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 6438 que autoriza al Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, a jubilar a los señores Alcides Pérez Díaz y Julián Mañón.— G. O. Nº 7121, del 10 de Mayo de 1950. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 6438. VISTA la instancia elevada en fecha 16 de marzo de 1950, al Poder Ejecutivo, por el Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, en nombre de dicho organismo; VISTA la Ley sobre Pensiones y Jubilaciones Municipales, Nº 512, del 8 de febrero de 1944; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— El Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, queda por el presente, autorizado a conceder las siguientes pensiones mensuales: al señor Alcides Pérez Díaz, quince pesos oro (RD$15.00) y al señor Julián Mañón, veinte pesos oro (RD$20.00), en su calidad de miembros de la Banda de Música del Distrito, con más de 20 años de servicios, imposibilitados para el desempeño de sus labores. Art. 2.— Las pensiones que se autorizan por el presente Decreto, se regularán por las disposiciones de la Ley N° 512, del 8 de febrero de 1944. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta, años 107° de la Independencia, 87° de la Restauración y 20° de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona