Decreto N° 4669 que deroga el Decreto N° 4504, del 26 de Julio de 1947. que declaró de utilidad pública terrenos ubicados en Bajabonico Arriba.— G. O. N° 6739, del 23 de Enero de 1948.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4669.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3° de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Queda derogado el Decreto N° 4504, del 26 de Julio del año en curso, que declaró de utilidad pública e interés social la adquisición de terrenos ubicados en Bajabonico Arriba, de la Común de Altamira, Provincia de Puerto Plata.
Art. 2.— Comuníquese al Secretario de Estado del Tesoro y Crédito Público para los fines que sean de lugar.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de octubre del año mil novecientos cuarenta y siete, años 104° de la Independencia, 85° de la Restauración y 18° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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