Texto de la norma
Decreto Nº 4660 que da constancia de la instalación de la Junta Monetaria y del pago del capital del Banco Central de la República.— G. O. Nº 6702, del 22 de Octubre de 1947.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4660.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo
49, inciso 3º de la Constitución de la República, y vistos el artículo 78 de la Ley Orgánica del Banco Central de la República Dominicana, la comunicación de fecha 15 de Octubre de 1947, del Banco Central, por medio de la cual se informa al Poder Ejecutivo la instalación de la Junta Monetaria, y la comunicación de la misma institución bancaria, de fecha 18 de Octubre en curso, en la cual se expresa que el Banco Central ha recibido la suma por concepto del capital suscrito por el Estado Dominicano;
DECRETO:
UNICO.— Por el presente se deja constancia pública de que la Junta Monetaria ha quedado regularmente instalada y que el capital del Banco Central de la República Dominicana suscrito por el Estado, ha sido total y efectivamente pagado. En consecuencia, a partir de la publicación de este Decreto, el Banco Central queda en aptitud de iniciar sus funciones y realizar sus operaciones sujetándose a las disposiciones constitucionales y legales pertinentes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de octubre del año mil novecientos cuarenta y siete, años 104º de la Independencia, 85º de la Restauración y 18º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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