Decreto Nº 4323 que pensiona con $ 30.00 mensuales al señor Saúl M. González.— G. O. Nº 6623, del 10 de Mayo de 1947.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4323.
VISTA la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por el señor Saúl M. González, en fecha 7 de Abril del año en curso;
CONSIDERANDO: Que el solicitante tiene ochenta años de edad y sirvió al Estado por espacio de 26 años, últimamente como Secretario de la Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de Monte Cristi;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República y en atención a lo dispuesto por la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado, Nº 1316 del 29 de Diciembre de 1946, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se asigna al señor Saúl M. González una pensión del Estado de treinta Pesos ($ 30.00) mensuales.
Art. 2.— Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y siete, años 104º de la Independencia, 84º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona