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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4303

que jubila a los señores J. Román Saladin, Rodolfo Paradas Volta, Antonio Acevedo C. y Miguel Román Pérez

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 abr de 1947fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 6620Gaceta Oficial del 3 may de 1947
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 4303 que jubila a los señores J. Román Saladin, Rodolfo Paradas Volta, Antonio Acevedo C. y Miguel Román Pérez.— G. O. Nº 6620, del 3 de Mayo de 1947. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 4303. VISTO el expediente de jubilación relativo a los señores J. Román Saladin, Rodolfo Paradas Volta, Antonio Acevedo C. y Miguel Román Pérez, sometido a la Presidencia de la Repú- blica el 9 de Abril del año en curso por el Secretario de Estado de lo Interior y Policía; CONSIDERANDO la edad y el tiempo de servicios prestados al Estado por los empleados públicos citados antes, prestados últimamente en el ramo de comunicaciones; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3° de la Constitución de la República, y vista las disposiciones de la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado, N° 1316, del 29 de Diciembre de 1946, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se concede el beneficio de la jubilación a los señores J. Román Saladín, Rodolfo Paradas Volta, Antonio Acevedo C. y Miguel Román Pérez, y se les asignan las siguientes pensiones mensuales del Estado: a J. Román Saladín $140.00; a Rodolfo Paradas Volta $108.00; a Antonio Acevedo C. $44.00; y a Miguel Román Pérez $66.00. Art. 2.— Las pensiones anteriores serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de abril del año mil novecientos cuarenta y siete, años 104° de la Independencia, 84° de la Restauración y 17° de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona