Texto de la norma
Decreto Nº 6348 que aprueba modificaciones en los Estatutos del Club de Comercio, Inc., de Puerto Plata.— G. O. Nº 7116, del 29 de Abril de 1950.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 6348.
VISTA la instancia que por mediación del Procurador General de la República han elevado en fecha 20 de Enero de 1950 los señores Luis Ariza Julia y Carlos M. Villalón, en sus calidades de Presidente y Secretario del Club de Comercio, Inc. de la ciudad de Puerto Plata, por la cual solicitan que sean aprobadas las modificaciones introducidas en los Estatutos de dicha sociedad en la Asamblea General Extraordinaria de fecha 13 de Octubre de 1949;
VISTA la copia del Acta de la mencionada Asamblea, en la cual constan las modificaciones de que se trata;
VISTA la Ley sobre Asociaciones que no tengan un beneficio pecuniario, No. 520, del 26 de Julio de 1920;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Quedan aprobadas las modificaciones introducidas por la Asamblea General Extraordinaria, en los Estatutos del Club de Comercio, Inc., de la ciudad de Puerto Plata.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta, años 106º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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