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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 607

que modifica el artículo 1o. del Decreto No. 50, de 1954, sobre la Comisión que representará a la República en las sesiones sobre Aranceles y Comercio

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 feb de 1955fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 7799Gaceta Oficial del 5 feb de 1955
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 607, que modifica el artículo 1o. del Decreto No. 50, de 1954, sobre la Comisión que representará a la República en las sesiones sobre Aranceles y Comercio. (G. O. No. 7799, del 5 de febrero de 1955) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 607 VISTO el inciso 23 del Párrafo IX del artículo 2 de la Ley No. 3435, modificado últimamente por la Ley No. 4010, del 24 de diciembre de 1954; VISTO el inciso d) del artículo 6 de la Ley No. 2873, del 5 de mayo de 1951; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 49. de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: UNICO.— Se modifica el artículo 1º del Decreto No. 50, del 23 de julio del 1954, publicado en la Gaceta Oficial No. 7723, para que rija del siguiente modo: "Art. 1º.— Se crea una Comisión compuesta por el Secretario de Estado de Trabajo y Economía, quien la presidirá; y por el Secretario de Estado de Relaciones Exteriores y Culto, el Secretario de Estado de Finanzas, el Secretario de Estado de Agricultura, el Secretario de Estado de Industria y Comercio, el Presidente de la Comisión de Fomento, el Gobernador del Banco Central de la República Dominicana, el Presidente de la Comisión de Defensa del Azúcar y Fomento de la Caña, el Director General de Aduanas y el Director General de Rentas Internas. Dicha Comisión se entenderá en todo lo relativo a la participación de la República como Parte Contratante del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio y formulará al Poder Ejecutivo, para la decisión de éste, las recomendaciones que fueren de lugar, concernientes a dicha participación". DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de Febrero de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona