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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 536

QUE APRUEBA LA DEMARCACION DE LIMITES DE LA COMUN DE RAMON SANTANA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 ago de 1955fecha
Otrostipo
G. O. 7792Gaceta Oficial del 15 ene de 1955
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 536, que aprueba la demarcación de límites de la Común de Ramón Santana. (G. O. No. 7792, del 15 de enero de 1955) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 536 VISTA la Ley Nº 1550 del 20 de octubre de 1947, Gaceta Oficial No. 6705, del 1ro. de noviembre de 1947; VISTAS: 1º— El acta de la diligencia de deslinde entre la Común de Ramón Santana y la Común de San Pedro de Macorís, en el tramo comprendido entre el río Soco, frente a la boca del caño Famiel y el cruce del antiguo camino Macorís-Seibo (26 de noviembre de 1953); y 2º— El acta de la diligencia se deslinde entre la Común de Ramón Santana y la Común de El Seibo, en el tramo comprendido entre el cruce del antiguo camino Macorís-Seibo y el centro del puente construído sobre el arroyo Lima, frente al Batey Lechugas (29 de enero de 1954); CONSIDERANDO: Que en estos casos se han cumplido las reglamentaciones establecidas y que el amojonamiento de los límites de la Común de Ramón Santana ha sido realizado de conformidad con la Ley antes citada; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Queda aprobado el amojonamiento de los límites de la Común de Ramón Santana, constituído por 22 hitos, cuyas situaciones son las siguientes: HITO No. 1.— PRIMARIO— Situado en el punto que queda al lado occidental de la barranca que forma el río Soco, frente a la boca del caño Famiel, y a 80 metros al Norte de una señal de divisoria. Este hito tiene grabado el número 29 en la cara que mira la común de San Pedro de Macorís. HITO No. 2.— PRIMARIO— Stuado en el camino real que conduce del batey Olivary al Batey La Bomba. Este hito tiene grabado el número 28 en la cara que queda frente a la común de San Pedro de Macorís. HITO No. 3.— PRIMARIO— Situado a 350 metros al Sur del hito anterior en la esquina que forma el camino real que conduce del batey Olivary al batey La Bomba, y a 800 metros de una señal de divisoria colocada frente al camino de la Plumita. Este hito tiene grabado el número 27 en la cara que está en dirección de la común de San Pedro de Macorís. HITO No. 4.— PRIMARIO— Situado a 2300 metros al Oeste del hito anterior y a 100 metros antes del principal caserío del batey Olivary, en el borde del camino real que conduce del batey Olivary al batey La Bomba. Este hito tiene grabado el número 26 en la cara que mira la común de San Pedro de Macorís. HITO No. 5.— PRIMARIO— Situado a 100 metros al Norte del principal caserío del batey Olivary, y a 2 metros del borde oriental del camino real que conduce de la carretera al batey, y a 5 metros al Sur de una casa de madera techada de zinc y montada sobre pilotillos de concreto. Este hito tiene grabado el número 25 en la cara que está en dirección de la común de San Pedro de Macorís. HITO No. 6.— PRIMARIO— Situado en la abertura del ángulo que forma el borde Norte de la carretera San Pedro de Macorís-Ramón Santana y el borde oriental del camino San Felipe-La Balsa; y a 200 metros al Sudeste de la caseta del batey La Balsa. Este hito tiene grabado el número 24 en la cara que queda frente a la común de San Pedro de Macorís. HITO Nº 7.—SECUNDARIO—Situado en el borde oriental del camino real que conduce del batey San Felipe al batey La Balsa, al Suroeste del poblado de Ramón Santana. Este hito tiene grabado el número 23 en al cara que mira la común de San Pedro de Macorís. HITO No. 8.— PRIMARIO— Situado a 1100 metros al Norte del hito anterior, en la esquina que forma el camino real y la vía férrea que parte del batey San Felipe al cambiar de dirección para dirigirse hacia el Sur. Este hito tiene grabado el número 22 en la cara que queda frente a la común de San Pedro de Macorís. HITO No. 9.— PRIMARIO— Situado a los 1300 metros, en linea recta, al Oeste del hito anterior, en el borde Norte del camino San Felipe-La Balsa, y a 100 metros al Este de la esquina Nordeste del contorno de la zona donde está establecido el principal caserío del batey San Felipe. Este hito tiene grabado el número 21 en la cara que está en dirección de la Común de San Pedro de Macorís. HITO No. 10.— PRIMARIO— Situado en el borde Oeste del antiguo camino Macorís-Seibo y a 100 metros al Norte de la esquina Nordeste del contorno de la zona donde está establecido el principal caserío del batey San Felipe. Este hito tiene grabado el número 20 en la cara que mira la común de San Pedro de Macorís. HITO No. 11.— PRIMARIO— Situado en el borde Oeste del antiguo camino Macorís-Seibo, a 500 metros al Sur del empalme de este camino con el que conduce al batey Atilano. Este hito tiene grabado el número 19 en la cara que queda frente a la común de San Pedro de Macorís. HITO No. 12.— SECUNDARIO— Situado en el borde Oeste del antiguo camino Macorís-Seibo, a 5 metros de la orilla de una laguna formada a la salida, por la parte Norte del batey Margarita. Este hito tiene grabado el número 18 en la cara que está en dirección de la común de San Pedro de Macorís. HITO No. 13.— PRIMARIO— Situado en la abertura del ángulo formado por el curso de la cañada Guasa y el antiguo camino Macorís-Seibo a 3 metros de la orilla Sur de la cañada y a 8 metros del borde Oeste del camino. Este hito tiene grabado el número 17 en la cara que mira la común de San Pedro Macorís. HITO No. 14.— PRIMARIO— Situado sobre una barranca a 10 metros del lado Sur de la orilla derecha del gancho más alto del arroyo Hicotea y a 2 metros del borde occidental del antiguo camino Macorís-Seibo. Este hito tiene grabado el número 16 en la cara que queda frente a la común de San Pedro de Macorís. HITO No. 15.— TRIFINIO— Situado en la explanación que forma del lado occidental la barranca del arroyo Yayas, a 20 metros del borde Norte del antiguo camino Macorís-Seibo. En el punto donde está emplazado este hito concurren los linderos de las comunes de El Seibo, Ramón Santana y San Pedro de Macorís. Este hito tiene grabado el número 15 en la cara que está en dirección de la común de San Pedro de Macorís y el número 1 en la que mira la común de El Seibo. HITO No. 16.— PRIMARIO— Situado en la abertura del ángulo que de la parte Norte forma la confluencia del arroyo Yayas con el río Soco, a 15 metros del vértice de este ángulo. HITO No. 17.— PRIMARIO— Situado en la abertura del ángulo que de la parte Norte forma la confluencia del arroyo Yaque con el río Soco, a 20 metros del vértice de este ángulo y al Sur del camino real que conduce a la sección Hozaro. HITO No. 18.— PRIMARIO— Situado del lado Norte, al pié de las lomas de Alduey, a 2 metros de la margen derecha del arroyo Yaque, frente a la boca de Cañada Seca. HITO No. 19.— PRIMARIO— Situado a 600 metros al Oeste de Arroyo Frío ó Platanitos, en el borde oriental del camino que une el batey Campiña con el poblado de Platanitos. HITO No. 20.— PRIMARIO— Situado a 3 metros al Sur de la vía férrea que va del batey Lechugas, a 400 metros al N. E. de la caseta del peso del batey y a 300 metros al Este del camino que conduce del batey Lima a La Gina. HITO No. 21.— PRIMARIO— Siutado a 20 metros al N. O. del centro del puentecito construído sobre el arroyo Lima, y a 5 metros al Norte de la vía férrea. HITO No. 22.— TRIFINIO— Situado a 7 metros del vértice del ángulo que del lado Norte forma la confluencia del arroyo Lima con el río Hondo ó Cumayaza. En este punto concurren los linderos de las comunes de Ramón Santana, El Seibo y La Romana. Art. 2.— Los que arranquen, alteren, remuevan o cambien de sitio los hitos indicados en este Decreto, serán perseguidos y castigados de acuerdo con la Ley No. 845 del 21 de marzo de 1945, publicada en la Gaceta Oficial No. 6229, del 24 de marzo de 1945. Art. 3.— La Secretaría de Estado de Guerra, Marina y Aviación, queda especialmente encargada de velar por la integridad de los hitos a que se refiere el presente Decreto. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de enero de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona