Decreto No. 1320, que concede jubilación del Estado al señor Ingeniero Rafael Carretero
(G. O. No. 7922, del 14 de diciembre de 1955)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 1320
VISTA la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por el Ingeniero Rafael Carretero, quien ha prestado servicios en la Administración Pública por más de 25 años, y quien ha llegado a la edad requerida por la ley para que pueda ser jubilado;
VISTA la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado Nº 1316 de fecha 29 de diciembre de 1946;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3o. de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la jubilación al Ingeniero Rafael Carretero, y se le asigna una pensión del Estado de ciento setenta y cinco pesos oro (RD$175.00) mensuales.
Art. 2.— Dicha pensión sera pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 93º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona