Texto de la norma
Decreto No. 831, que libera de impuestos la importación de instrumentos musicales.
(G. O. No. 7835, del 18 de mayo de 1955)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 831
CONSIDERANDO: Que es de alto interés nacional el desarrollo de la cultura musical del pueblo dominicano;
CONSIDERANDO: Que, con el propósito de impulsar la cultura musical, es conveniente la liberación total de derechos e impuestos que gravan la importación de instrumentos musicales;
VISTA la Ley No. 4027, de fecha 14 de enero de 1955;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 49 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— La importación de instrumentos musicales en el país, será exonerada por el Poder Ejecutivo de todo derecho e impuesto, cuando así se lo soliciten las personas interesadas, a través de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes.
Art. 2.— Para los efectos de este Decreto, se reputarán instrumentos musicales los que a continuación se indican:
Acordeones (de teclado o de botones)
Afinadores
Altos rectos (Saxhorn)
Armonios
Arpas
Atriles para usos orquestales
Bajos (Saxhorn)
Bandoneones
Banjos
Barítonos o Bombardinos (Saxhorn)
Bassones o Fagotes
Bastones para Tambor Mayor
Batutas para director
Bombos o Tambores
Bongós
Caja viva (Redoblante)
Castañuelas
Celestas
Cencerros para Batería (Drum)
Clarinetes en todos sus tipos
Cimbalos o Platillos
Contrabajos de cuerda
Cornetas de órdenes
Cornetines
Coronos Ingleses
Equipos de percusión para orquestas (Drum)
Estuches para instrumentos musicales
Eufonios
Flautas y Flautines
Guitarras en todos sus tipos
Gongs
Lira-Campana o Glockenspiel
Mandolinas y sus afines
Marimbas y Vibráfonos
Melófonos (Altos circulares
Metrónomos
Oboes
Organos (en todos sus tipos)
Pianos (Verticales y de cola)
Panderos y Panderetas
Saxofonos en todos sus tipos
Sousafonos y Helicones
Tambores militares
Trombones y Trompas de Armonía
Trompetas
Tumbadoras
Tubos de campana (Campanólogo)
Tympani (Timbales)
Ukuleles
Violas, Violines y Violoncellos
Xilófonos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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