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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 707

que autoriza al Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, a conceder jubiación al señor Jesús María Disla

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 may de 1955fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 7819Gaceta Oficial del 2 abr de 1955
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 707, que autoriza al Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, a conceder jubiación al señor Jesús María Disla (G. O. No. 7819 del 2 de abril de 1955) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 707 VISTA la instancia elevada al Poder Ejecutivo por el Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo en fecha 11 de marzo del año en curso; VISTO el artículo 162 de la Ley de Organización del Distrito de Santo Domingo No. 3456 de fecha 21 de diciembre de 1952; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: UNICO.— Se autoriaza al Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo a asignar al señor Jesús María Disla, viejo empleado de ese organismo, una pensión de RD$15.00 mensuales, que será pagada con cargo al Presupuesto del Distrito, de cada año. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de marzo de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 92º de la Rstauración y 25º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona