Texto de la norma
Decreto Nº 2353, que declara de utilidad pública un inmueble propiedad del Sr. Federico Angel Guerra, en San Cristóbal.— G. O. Nº 6193 del 30 de Diciembre de 1944.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2353.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República;
VISTA la Ley de Dominio Eminente, Nº 480, del 20 de Mayo de 1920 y la Ley Nº 344, del 29 de Julio de 1943, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se declara de utilidad pública la adquisición, por
el Estado, para completar el terreno necesario para la construcción de un edificio destinado a la Escuela Normal de San Cristóbal, de la siguiente propiedad:
Un inmueble propiedad de Federico Angel Guerra, consistente en un solar de 21 metros de frente por 35 metros de fondo, situado en la ciudad de San Cristóbal, dentro de las siguientes colindancias: al Norte, Fablo Barinas M.; al Sur, Sucesores Montas; al Este, José Elmúdesi; y al Oeste, calle Constitución.
Art. 2.— El Secretario de Estado del Tesoro y Comercio queda investido, por el presente Decreto, de los poderes necesarios para realizar todos los actos y procedimientos que sean de lugar de acuerdo con la ley, para la adquisición del inmueble descrito anteriormente.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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