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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2179

QUE REGULA EL ENVASE DE ARROZ DESCASCARADO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 sept de 1944fecha
Otrostipo
G. O. 6148Gaceta Oficial del 20 sept de 1944
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 2179, que regula el envase de arroz descascarado.— G. O. Nº 6148, del 20 de Septiembre de 1944. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 2179. CONSIDERANDO: Que el uso de sacos de algodón en el envase de arroz descascarado está ocasionando perjuicios en la práctica por la poca resistencia de su fibra y por la dificultad que ofrecen para ser calados sin que se rompan y se derramen; y que para la mayor garantía en la manipulación, entrega y consumo de dicho producto, y para la protección del comercio y del público consumidor, se hace necesario que el envase de arroz descascarado se verifique en sacos de materiales más resistentes que el algodón; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República, y vista la Ley Nº 581, del 12 de Octubre de 1933, dicto el siguiente DECRETO: UNICO.—El artículo 6 del Reglamento Nº 72, de fecha 7 de Noviembre de 1938, queda modificado para regir como sigue: "Art. 6.— El arroz pilado para la venta deberá reunir las siguientes condiciones: a) No tener olores extraños, ni estar mohoso ni húmedo. b) Estar envasado en sacos limpios y en buen estado, de yute, sisal o rosella, con un peso de cien o ciento veinticinco libras brutas. c) Estar marcado del modo siguiente: R. D. Arroz. Variedad. Y además la marca de comercio adoptada por cada firma productora, la cual deberá notificar previamente a la Secretaría de Estado de Agricultura, Industria y Trabajo, y cualquier otro requisito necesario para la identificación del producto". DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca- pital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de septiembre del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona