Texto de la norma
Decreto Nº 2178 que crea e integra una Junta de Ornato y Embellecimiento en la Villa de Baní.— G. O. Nº 6149, del 23 de Septiembre de 1944.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2178.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49-3º de la Constitución de la República, y visto el artículo 5, Párrafo único de la Ley sobre Urbanización, Ornato Público y Construcciones, Nº 675, del 14 de agoto del año en curso, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se establece una Junta de Ornato y Embellecimiento en la villa de Baní, la cual tendrá, en la referida villa, las atribuciones, perrogativas y deberes previstos en la Ley ya indicada, como las demás Juntas o Comisiones de Ornato y Embellecimiento del país.
Art. 2.— La Junta estará integrada del siguiente modo: señor Manuel E. Miniño B., Presidente; Vocales: Dr. Raúl Abreu Miniño, Dr. Bienvenido Eliseo Soto, señores Manuel de Jesús Perelló, Juan Gerónimo Castro y Agrimensor Público Fabio F. Herrera hijo.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes
de septiembre del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.