Texto de la norma
Decreto No 2162, que concede la incorporación a la Sociedad de Socorro Mutuo del Siglo Vigésimo (20th. Century Lend a Hand Association), de San Pedro de Macorís— G. O. No 6145, del 13 de Septiembre de 1944.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2162.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3° del artículo 49 de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por conducto del Procurador General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 28 de agosto de este año el señor Samuel Dunkers, actuando en su calidad de Presidente de la Sociedad de Socorro Mutuo del Siglo Vigésimo (20th. Century Lend a Hand Association), del domicilio de San Pedro de Macorís, solicitando la incorporación de dicha sociedad de conformidad con la ley de la materia:
VISTOS los artículos 2, 4 y 5 de la Ley sobre Asociaciones
que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, de fecha 23 de julio de 1920;
CONSIDERANDO: Que del estudio del expediente resulta que se han cumplido todas las condiciones y formalidades exigidas por la ley, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Conceder, como por el presente concedo, el beneficio de la incorporación a la Sociedad de Socorro Mutuo del Siglo Vigésimo (20th, Century Lend a Hand Association), asociación domiciliada en [domicilio omitido].
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de septiembre del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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