Texto de la norma
Decreto Nº 2089 que concede la incorporación a la Logia "Experiencia" Nº 7674.— G. O. Nº 6131, del 19 de Agosto de 1944.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2089.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por conducto del Procurador General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha
10 de julio de 1944 el Licenciado M. Enrique Ubri García, actuando en nombre y representación de la Logia "Experiencia" Nº 7674, del domicilio de San Pedro de Macorís, solicitando la incorporación de dicha Logia de conformidad con la ley de la materia;
VISTOS los artículos 2, 4 y 5 de la Ley sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920;
CONSIDERANDO: Que del estudio del expediente resulta que se han cumplido todas las condiciones y formalidades exigidas por la ley, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO. — Conceder, como por el presente concedo, el beneficio de la incorporación a la Logia "Experiencia" Nº 7674, asociación domiciliada en [domicilio omitido].
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de agosto del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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