Texto de la norma
Decreto Nº 2080, que nombra nuevos miembros de los Consejos de Guerra Permanente.— G. O. Nº 6122, del 3 de Agosto de 1944.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2080.
En ejercicio de la atribución que me acuerda el artículo 49, inciso 17º de la Constitución de la República, de nombrar y revocar los miembros de los Consejos de Guerra, de acuerdo con la ley, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Nombrar para el Consejo de Guerra Permanente de Ciudad Trujillo: Mayor Luis E. García, Juez-Presidente, en sustitución del ex Mayor Arturo Mañé P., M. M.; Primer Teniente Carlos Manuel Molina, Juez, en sustitución del Primer Teniente Rafael A. Barrera Vega; Primer Teniente Félix Hermida hijo, Sustituto del Juez Instructor, en sustitución del ex-Segundo Teniente Rafael Bienvenido de Castro.
Art. 2.— Para el Consejo de Guerra Permanente del Departamento Norte: Capitán Manuel Emilio Flores V., Juez, en sustitución del Capitán Rafael A. González, M.M.; Capitán Rafael Domínico Pérez, Juez, en sustitución del Mayor Máximo R. Bonetti Burgos; Primer Teniente Pedro María Pérez, Juez, en sustitución del Primer Teniente Manuel de Jesús Salcedo.
Art. 3.— Para el Consejo de Guerra Permanente del Departamento Noroeste: Mayor Máximo R. Bonetti Burgos, Juez-Presidente, en sustitución del Teniente Coronel Manuel de Jesús Checo, M.M.; Capitán César A. Oliva García, Juez, en sustitución del Capitán Celio Mercedes.
Art. 4.— Para el Consejo de Guerra Permanente del Departamento Suroeste; Primer Teniente Nicolás Rosó, M.M., Sustituto del Juez Instructor, en sustitución del Primer Teniente Félix Hermida hijo,
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y cuatro; años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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