Texto de la norma
Decreto Nº 2047, que concede carta de naturalización al Sr. Francisco Guiliani.— G. O. Nº 6116, del 24 de Julio de 1944.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2047.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía, ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 7 de julio de este año, el señor Francisco Guiliani, mayor de edad, de estado casado, agricultor, natural de Córcega, Francia, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos anexos a la instancia;
VISTO el inciso b) del artículo primero de la Ley Nº 1227, de fecha 4 de diciembre de 1929; y
CONSIDERANDO: Que el señor Francisco Guiliani justifica una residencia en el país no interrumpida de más de diez años;
CONSIDERANDO: Que en el presente caso se han cumplido las formalidades y requisitos que la ley exige para que un extranjero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede carta de naturalización al señor Francisco Guiliani, de las calidades arriba expresadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3. — Este Decreto será registrado en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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