Texto de la norma
Decreto Nº 1992 que autoriza una emisión de sellos de rentas internas.— G. O. Nº 6101, del 24 de Junio de 1944.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NÚMERO 1992.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República;
VISTOS los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica de Rentas Internas, y para cumplir los requisitos del artículo 99 de la Ley de Sanidad, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza la siguiente impresión de especies timbradas:
200.000 (DOSCIENTOS MIL) sellos de rentas internas del tipo de QUINCE CENTAVOS.
Art. 2.— Estos sellos se imprimirán en tamaño de 37 mm. por 27 mm. y en hojas perforadas de veinticinco sellos. Se imprimirán sobre fondo azul y en su centro un sol amarillo y dentro de ese sol, en rojo, la cruz de doble brazo, símbolo de la lucha social contra la tuberculosis. En su parte superior se leerá "República Dominicana" y en la parte inferior "Certificado de Salud", en los ángulos inferiores y en número y símbolo su valor facial de quince centavos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 17 días del mes de junio
del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.