jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1965

QUE MODIFICA LOS ARTS. 81, 85 Y 211 DEL REGLAMENTO HIPICO, NO.1657

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 jun de 1944fecha
Reglamentotipo
G. O. 6090Gaceta Oficial del 7 jun de 1944
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1965 que modifica los Arts. 81, 85 y 211 del Reglamento Hípico, Nº 1657.— G. O. Nº 6090, del 7 de Junio de 1944. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 1965. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 43 inciso 3º de la Constitución de la República, y visto el artículo 3 de la Ley Nº 463, del 23 de diciembre de 1943, que instituye la Dirección General de Deportes, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se modifica el artículo 80 del Reglamento Hípico, Nº 1657, del 15 de enero de 1944, para que, donde dice "3 Jueces del Jurado", diga "5 Jueces del Jurado". Art. 2.— Se modifica el artículo 81 del mismo Reglamento para que rija del siguiente modo: "Art. 81.— El Jurado estará integrado por cinco jueces o sus sustitutos y un Secretario sin voz ni voto. Tres de los jueces y cuatro sustitutos serán nombrados por el Secretario de Estado de lo Interior y Policía y uno de estos jueces será Presidente del Jurado; los otros dos jueces y dos sustitutos serán nombrados por la Comisión Hípica Nacional. En caso de ausencia o impedimento del Presidente titular, presidirá uno de los jueces designado por el Secretario de Estado de lo Interior y Policía; y en caso de faltar los tres, presidirá el sustituto de dichos jueces que sea de mayor edad. Durante la celebración de carreras, el Jurado hará cumplir la Ley sobre Deportes, los Re- glamentos Hípicos y las disposiciones que dicte la Comisión Hípica Nacional para el buen funcionamiento de las carreras, quedando facultado para perseguir la imposición de las sanciones que pronuncia este Reglamento, en la forma que el mismo establece". Art. 3. — Se agrega el siguiente Párrafo al artículo 85 del mismo Reglamento, reformado por el Decreto Nº 1940, del 24 de mayo de 1944: "Párrafo.— El Jurado tendrá facultad para suspender o anular cualquier carrera, cuando al comenzarse o después de comenzarse se produjere cualquier hecho capaz de influir en la equidad o en el equilibrio de la carrera de que se trate. En tales casos, se procederá en la misma forma prevista anteriormente". Art. 4. — Se agrega el siguiente Párrafo al artículo 211 del mismo Reglamento: "Párrafo.— Será deber de los Administradores de Hipódromos tomar cuantas medidas sean necesarias para ejecutar los preparativos para la celebración de las carreras, de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento o de los funcionarios que deben intervenir en las carreras hípicas. Antes de las 5 de la tarde del día anterior a los días de carreras, dichos Administradores estarán en la obligación de enviar un informe por duplicado al Presidente de la Comisión Hípica Nacional, si fuere en Ciudad Trujillo, o al Presidente de la Sub-Comisión Hípica o al Comisionado Hípico, si fuere en otra localidad, en el cual se detallen todos los preparativos realizados para las carreras, se indiquen los nombres de los funcionarios hípicos que han de actuar al día siguiente en las carreras, y se recomienden, en general todas las providencias de último momento que sean necesarias o convenientes para asegurar la regularidad y buen orden de las carreras proyectadas para el otro día. Dicho informe será enviado con un propio a los funcionarios ya indicados, de modo que lleguen con seguridad y a tiempo a sus manos". DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de junio del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona