Texto de la norma
Decreto Nº 1845 que amplía las atribuciones del Control de Precios de Materiales de Construcción.— G. O. Nº 6031, del 15 de Abril de 1944.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1845.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República, y en uso de los poderes de que estoy investido por la Ley Nº 16, del 23 de junio de 1942, sobre Medidas de Emergencia, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— A partir del presente Decreto, todas las oper...
ciones comerciales que se realicen con los materiales de construcción, sea con materiales ya en existencia, o con materiales de nueva importación o adquisición, al por mayor o al detalle, requerirán un permiso del Control de Precios de Materiales de Construcción.
Art. 2.— El Control de Precios de Materiales de Construcción podrá establecer todas las regulaciones procedentes para la mejor ejecución del presente Decreto.
Art. 3.— Las solicitudes y permisos relativos a operaciones con materiales de construcción por cien pesos o menos no estarán sujetas al impuesto sobre Documentos.
Art. 4.— Toda operación realizada en violación del presente Decreto dará lugar a las penas previstas en la Ley No 15, del 23 de junio de 1942, sobre Medidas de Emergencia.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de abril del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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