Decreto Nº 1841 que autoriza al señor Lorenzo Berdala Pardo a fijar su domicilio en la República.— G. O. Nº 6062, del 17 de Abril de 1944.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1841.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por conducto del Procurador General de la República ha elevado el señor Lorenzo Berdala Pardo, mayor de edad, de nacionalidad española, Profesor de Segunda Enseñanza; residente en [domicilio omitido];
En virtud de lo que dispone el artículo 13 del Código Civil, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— El señor Lorenzo Berdala Pardo queda autorizado a fijar su domicilio en la República.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes
de abril del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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