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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1809

que declara bajo el patrocinio del Gobierno la campaña de enrolamiento del Consejo Nacional de la Tuberculosis

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 mar de 1944fecha
Otrostipo
G. O. 6055Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1809, que declara bajo el patrocinio del Gobierno la campaña de enrolamiento del Consejo Nacional de la Tuberculosis.— G. O. Nº 6055, del 1º de Abril de 1944. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 1809. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República; CONSIDERANDO: Que el Consejo Nacional de la Tuberculosis instituído por la Ley Nº 450, del 15 de diciembre de 1943, está autorizado, en virtud de dicha Ley, para realizar cuantas gestiones o actividades concurran a facilitar la lucha contra la tuberculosis, y a efectuar colectas y recibir donaciones para ese fin; CONSIDERANDO: Que el Gobierno está interesado en el buen éxito de esa campaña, deseoso de colaborar por ese medio a la mejor realización de los altos fines para cuya consecución ha sido creado el mencionado organismo, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se declara bajo el patrocinio del Gobierno la campaña de enrolamiento que organice cada año el Consejo Nacional de la Tuberculosis. Art. 2.— El período de enrolamiento se extenderá cada año del 1º de enero al 30 de junio, en la forma que disponga el Consejo. Párrafo.— En el presente año 1944, el período de enrolamiento se extenderá de la fecha de publicación del presente decreto al 30 de junio. Art. 3.— La Secretaría de Estado de Sanidad y Asistencia Pública, y todas las demás autoridades, exhortarán a todas las personas residentes en el país, y de modo especial a los funcionarios y empleados del Estado y de los Municipios, para que se inscriban en las filas de cooperadores del Consejo Nacional de la Tuberculosis y presten así su concurso a los fines de alta utilidad social de dicha institución. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de marzo del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 81º de la Restauración y 14º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona