Texto de la norma
Decreto Nº 4129 que cambia el nombre de varios parajes cercanos a la ciudad de Elías Piña.— G. O. Nº 6577, del 1º de Febrero de 1947.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4129.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República y visto el artículo 20 de la Ley sobre División Territorial de la República, Nº 125, del 31 de Mayo de 1939, modificado por la Ley Nº 400, del 7 de Octubre de 1943, con el fin de eliminar de la toponimia del país todos los nombres exóticos, sin significación alguna para el sentimiento nacional, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Quince días después de la publicación del presente Decreto en la Gaceta Oficial, los siguientes parajes, si-
tuados en las cercanías de la ciudad de Elías Piña, se denominarán como se indica a continuación:
El paraje llamado Rebo se denominará Rebozo; el llamado Mulen se denominará Los Molinos; y el llamado Garo se denominará Garrobal.
Art. 2. — El Síndico Municipal de la Común de Elías Piña, dictará todas las medidas adecuadas para que los cambios de nombres previstos en el presente Decreto se hagan efectivos dentro del plazo indicado en el artículo primero.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis días del mes de enero del año mil novecientos cuarenta y siete, años 103º de la Independencia, 84º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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