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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4866

QUE DEROGA LOS DECRETOS QUE OTORGAN CONCESIONES PETROLERAS A LA COMPAÑIA SEABOARD DOMINICANA DE PETR...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 dic de 1947fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 6729Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
Decreto Nº 4868 que deroga los Decretos que otorgan concesiones petroleras a la Compañía Seaboard Dominicana de Petróleo C. por A.— G. O. Nº 6729, del 7 de Enero de 1948. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 4868. CONSIDERANDO: Que en fecha 28 de Septiembre de 1947 la Compañía Seaboard Dominicana de Petróleo, C. por A. presentó ante la Secretaría de Estado del Trabajo y Economía Nacional, formal renuncia de todas las concesiones petroleras que había obtenido en el territorio nacional, por actos del Gobierno o por haberlas adquirido de otros concesionarios, con excepción de la otorgada por el Decreto Nº 1166, del 5 de Junio de 1929 (Yaguate), que la Compañía ha transferido a los concesionarios originales señores Licenciado Luis Logroño Cohen y Doctor P. V. Logroño Cohen; CONSIDERANDO: Que en virtud de esa formal renuncia, el Secretario de Estado del Trabajo y Economía Nacional, por Resolución del 26 de Diciembre de 1947, ha declarado extinguidas las concesiones de la citada Compañía y que, para la final liquidación de este caso, procede derogar los decretos correspondientes; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: UNICO.— Quedan derogados los Decretos siguientes: Nº (no tiene), del 14 de Marzo de 1903, publicado en la Gaceta Oficial Nº 1491, sobre la explotación de los manantiales de Higüerito y Agua Hedionda; Nº 2129, del 19 de Enero de 1933, publicado en la Gaceta Oficial Nº 5122; Nos. 147 y 148, del 4 de Agosto de 1942, publicados en las Gacetas Oficiales Nos. 5789 y 5791, respectivamente; Nos. 749, 750 y 751, del 6 de Enero de 1943, publicados en la Gaceta Oficial Nº 5867; Nº 1141, del 8 de Mayo de 1943, publicado en la Gaceta Oficial Nº 5918; Nº 1420, del 5 de Octubre de 1943, publicado en la Gaceta Oficial Nº 5984; Nº 1826, del 4 de Abril de 1944, publicado en la Gaceta Oficial Nº 6060; y Nº 2882, del 11 de Agosto de 1945, publicado en la Gaceta Oficial Nº 6314, debiendo quedar sin efecto todos los registros derivados de los Decretos citados referentes a las concesiones renunciadas por la Compañía Seaboard Dominicana de Petróleo, C. por A. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y siete, años 104º de la Independencia, 85º de la Restauración y 18º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona