Decreto Nº 6188 que concede la incorporación a la Asociación de Representantes y Agentes de Productos Farmacéuticos.— G. O. Nº 7078, del 8 de Febrero de 1950.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 6188.
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría
General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo la Junta Directiva de la Asociación de Representantes y Agentes de Productos Farmacéuticos de la República Dominicana, solicitando la incorporación de dicha asociación de conformidad con la Ley de la materia;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3° de la Constitución de la República; y
VISTOS los artículos 2, 4 y 5 de la Ley sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Conceder, como por el presente concedo el beneficio de la incorporación a la Asociación de Representantes y Agentes de Productos Farmacéuticos de la República Dominicana, asociación domiciliada en [domicilio omitido].
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes diciembre del año mil novecientos cuarenta y nueve, años 106° de la Independencia, 87° de la Restauración y 20° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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