Texto de la norma
Decreto Nº 6129 que concede naturalización dominicana a los esposos Sr. Julius Rosenberg y Sra. Adelaida Rothbart de Rosenberg.— G. O. Nº 7040, del 12 de Diciembre de 1949.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 6129.
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía han elevado el señor Julius Rosenberg, mayor de edad, de profesión industrial, de nacionalidad checoslovaca y su esposa señora Adelaida Rothbart de Rosenberg, mayor de edad, ocupada en los quehaceres domésticos, de nacionalidad checoslovaca, ambos domiciliados y residentes en [domicilio omitido];
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo
49, inciso 3º de la Constitución de la República y vista la Ley Nº 1683, sobre Naturalización, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede la naturalización dominicana a los esposos señor Julius Rosenberg y Adelaida Rothbart de Rosenberg, de las generales indicadas.
Art. 2.— Los beneficiarios recibirán la carta de manos del Gobernador Civil de la Provincia Libertador, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— Este Decreto será registrado en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía y de Relaciones Exteriores.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de noviembre del año mil novecientos cuarenta y nueve, años 106º de la Independencia, 87º de la Restauración y 20º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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